24 de June de 2026
Home / Lo más destacado / CNMC revela medidas para prestadores de servicios audiovisuales

CNMC revela medidas para prestadores de servicios audiovisuales

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España publicó un acuerdo relativo a la exención del cumplimiento de ciertas obligaciones en materia de accesibilidad para las televisoras y el VOD.

“En verano de 2022 se aprobó la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) que actualiza, entre otros aspectos, las obligaciones de accesibilidad que deben cumplir los medios audiovisuales para que las audiencias con discapacidad visual y/o auditiva puedan disfrutar de los contenidos en igualdad de condiciones”, destaca el comunicado.

“Este acuerdo de la CNMC da respuesta a las dudas interpretativas que han sido planteadas por los prestadores audiovisuales respecto a los requisitos exigidos para poder acogerse a la exención de cumplimiento de las obligaciones de accesibilidad introducidos en la LGCA”, prosigue.

“La CNMC supervisa y controla el funcionamiento del mercado de la comunicación audiovisual. Además, es el organismo encargado de controlar el cumplimiento de las obligaciones de accesibilidad de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual”, continúa.

“En este sentido, la LGCA obliga a que los prestadores desarrollen planes de accesibilidad —y de mejora continua de la misma— que deben ser comunicados anualmente a la CNMC”, explica.

“Además, la Comisión también es el punto de contacto a disposición del público para facilitar información y recibir quejas sobre las cuestiones de accesibilidad que afecten a los servicios audiovisuales de ámbito estatal”, prosigue.

“Las obligaciones en este terreno pasan por regular el uso de las herramientas de accesibilidad audiovisual —subtitulado, audio descripción e interpretación a lengua de signos— para los servicios de televisión lineal en abierto pública (OSP) y privada, televisión lineal de acceso condicional y televisión a petición”, continúa.

“El cumplimiento de estas obligaciones no entrará en vigor hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor de la LGCA, es decir, hasta el 9 de julio de 2023”, explica.

“La CNMC ha recibido diversos escritos de prestadores audiovisuales de ámbito estatal solicitando acogerse a las exenciones en materia de accesibilidad reguladas en la LGCA”, destaca.

“Por ejemplo, la Ley señala que las obligaciones sobre accesibilidad no son exigibles a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual con un bajo volumen de negocio y con una baja audiencia”, dice.

“En este sentido, se entiende por bajo volumen de negocio aquellos ingresos anuales inferiores a dos millones de euros y, por baja audiencia, aquella inferior al 2 por ciento en el caso de los servicios televisivos lineales y al 1 por ciento en el caso de los servicios televisivos a petición. Al menos, de manera transitoria hasta que no entre en vigor un reglamento de desarrollo para este artículo”, señala.

“Hasta que entre en vigor el reglamento, la CNMC ha tenido que establecer una serie criterios interpretativos respecto a qué debe entenderse por bajo volumen de ingresos y baja audiencia, para poder llevar a cabo su labor de verificación”, subraya.

“Así pues, los criterios de valoración tenidos en cuenta por la CNMC respecto a los requisitos de exención en materia de accesibilidad son entender por ingresos anuales todos aquellos de vengados en el mercado audiovisual español; considerar como ingresos las subvenciones, donaciones y similares cuando se usen para financiar la prestación de servicios de comunicación audiovisual en el mercado español; calcular la audiencia teniendo en cuenta tanto los datos facilitados por los propios operadores, como los datos anuales publicados por la empresa de medición de audiencia Kantar Media S.A.U. y los de aquellos reguladores de otros Estados Miembros de la UE en los que operen estos prestadores de servicios; identificar los diferentes servicios a petición y establecer un criterio que permita estimar la cuota sobre el conjunto del mercado, teniendo en cuenta servicios SVOD, AVOD y TVOD; sobre los servicios dirigidos a audiencias minoritarias, considerar prioritaria la supervisión de los servicios con una audiencia superior al 0,3 por ciento, al margen de cuales sean los ingresos del prestador”, concluye.





Acerca de Elizabeth Bowen-Tombari

Elizabeth Bowen-Tombari es la editora de TV Latina. Ella puede ser contactada a [email protected]

LEA TAMBIÉN

MuchMusic, HTV e Infinito tendrán novedades en Andina Link 2011

  BUENOS AIRES: Los canales de tendencias de Turner Latin America presentarán sus novedades en ...